El Tribunal Constitucional de la República Dominicana prohibió al Ministerio Público denominar operaciones judiciales o casos penales con nombres, alias o referencias que puedan vulnerar la dignidad, el honor o la presunción de inocencia de las personas investigadas.
La decisión se produce tras un recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el exprocurador Jean Alain Rodríguez, en el que alegó que el uso del nombre «Operación Medusa» para identificar la investigación penal en su contra constituía una forma de estigmatización y trato degradante que violaba sus derechos fundamentales.
El Tribunal acogió parcialmente los argumentos del accionante, señalando que el uso de títulos simbólicos, connotativos o evocadores de figuras mitológicas, animales u objetos peyorativos, puede influir en la percepción pública sobre la culpabilidad de los implicados y condicionar el debido proceso.


